NUEVO REGLAMENTO PISCINAS RD 742/2013. PISCINAS COLECTIVAS Y DE USO PUBLICO.
El RD 742/2013, estabelce en el artículo 11 la obligación de controlar nuevos parámetros en las piscinas de uso público, incluidos centros de hidromasaje, piscinas terapéuticas y hoteles.
Para las piscinas al aire libre, estableces dicho artícuo en el apartado 1 que deberán controlar el nivel de turbidez del agua.
Para las piscinas cubiertas, incluiods centros de hidromasaje y terapéuticas, ademas de la turbidez, según lo establecido en el apartado 3 conforme al ANEXO III, deberán conttolar los parámetros indicadores de la calidad del aire: nivel CO2, temperatura.
ANALIZADOR TURBIDEZ AGUA PISCINA
Incluye turbidímetro, soluciones de calibración y maleta de transporte. ISO 7027.
ANALIZADOR AIRE: CO2 – TEMPERATURA- HUMEDAD RELATIVA
ANANALIZADOR BASICO: CO2 – TEMPERATURA – HUMEDAD RELATIVA
Incluye: Analizador Portátil CO2 – Temperatura – Humedad Relativa – 4 pilas AA – Maletín de transporte – Pantalla LCD con lectura de los 3 parámetros.
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